El mes de marzo de 2014 la Audiencia Provincial de Badajoz dictó una innovadora sentencia, la 53/14 de 12.03.14, relacionada con los hijos ilegítimos y los títulos nobiliarios, así, la Audiencia Provincial de Badajoz, sobre la base de que sin perjuicio de que fuese cierto que la carta de Concesión del Título, Condado expedido por Carlos IV en enero de 1.791, estableciese que el referido título lo sería para los herederos y descendientes nacidos de legítimo matrimonio del Concesionario (del primer Conde) Tal prevención, decía la sentencia, ha de situarse en el momento en el que se otorgó el título, momento en el que la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos es comúnmente aceptada.
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